BLOG SOBRE TEMAS DE INFORMÁTICA JURÍDICA
By: Lizbeth Price Mamani

Sunday, June 19, 2011

TEST SOBRE INFORMATICA JURÍDICA Y DERECHO



1.     ¿CUÁL ES LA RELACIÓN ENTRE INFORMÁTICA JURÍDICA Y DERECHO?
La Informática se relaciona con el Derecho por dos vías: La Informática Jurídica y el Derecho de la Información; cuyo desarrollo está fuertemente ligado con el grado de difusión de la tecnología y con el tipo de políticas públicas aplicadas, siendo estos mismos factores, a su vez, el freno de su desarrollo doctrinal y normativo.
El Derecho de la Información es una garantía constitucional que contiene un derecho subjetivo que implica la libertad de pensamiento, de manifestación de ideas, de acceso a la información, de difusión de información, de protección ante la propia información, a la veracidad y, asimismo, un reconocimiento por parte del Estado a través del ordenamiento jurídico y de la aplicación del Derecho.
Por su parte, la Informática Jurídica es aquella que emana de uno o varios órganos del Estado, bajo procedimiento previstos en la ley y que dan contenido a las relaciones sociales bajo los principios y valores del Derecho
La Relación de la Informática y el Derecho da lugar a la interrelación de otras disciplinas (como son la sociología, documentalística, lingüística, estadística, pedagogía, etc.), y además hace necesario el conocimiento  de fuentes filosóficas de interconexión como la lógica jurídica y la argumentación jurídica para poder estudiar el tratamiento de la información jurídica, cuya crisis radica en el acopio documental, y es esencialmente en la búsqueda de soluciones no tradicionales, que se dado el planteamiento de una solución tecnológica: la Informática Jurídica.  La problemática relación de la Informática Jurídica  con el Derecho, radica en un adecuado reconocimiento y tratamiento normativo.

2.     ¿EN QUÉ CONSISTE LA INFORMÁTICA JURÍDICA DOCUMENTAL?  DE UN EJEMPLO DE SU APLICACIÓN PRÁCTICA.
La Informática Jurídica Documental, como rama de la Informática Jurídica, consiste en realizar un análisis de la información contenida en documentos jurídicos para la formación de bancos de datos documentales; es así, que constituye la aplicación de técnicas informáticas (considerando también técnicas documentales que se derivan de las ciencias de la información) a la documentación jurídica en los aspectos sobre el análisis, archivo y recuperación de información contenida en la legislación, jurisprudencia, doctrina o cualquier otro documento con contenido jurídico relevante.
El desarrollo de la Informática Jurídica Documental consiste en tres aspectos importantes: Primero, la aplicación de sistemas de tratamiento y recuperación de la información (tales como Indexaciòn, Full-text y Abstract); segundo, la formación de bancos de datos; y, tercero, la utilización de lenguajes o mecanismos de recuperación de información con apoyos de instrumentos lingüísticos.
Por lo tanto, es importante para el desarrollo de esta rama, la identificación de la información jurídica, para tratarla por medio de la estructuración, con aplicación de la lógica y la argumentación, para luego incorporarla a la computadora, mediante los instrumentos lingüísticos apropiados; pues no será informática jurídica documental la simple incorporación de textos jurídicos a una computadora.
EJEMPLO:
En el Perú contamos con el SPIJ, Sistema Peruano de Información Jurídica, elaborada por el Ministerio de Justicia del Perú, en cumplimiento a su función de sistematizar y difundir la legislación, expresada en la Ley Orgánica del Sector Justicia (Decreto Ley N° 25993, Artículo 6° inciso h), y Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia (Decreto Supremo N° 019-2001- JUS, Artículo 83°). Éste contiene la legislación nacional vigente y derogada en textos completos concordados y actualizados, así como información jurídica complementaria. De este modo, cuenta con potentes herramientas de búsqueda y recuperación de la información que le permite un acceso fácil y fluido a la legislación a través de palabras, frases, número de norma, tipo de norma, por materia, por sectores, fecha de publicación, a nivel de sumillas, por órgano emisor, etc. Asimismo, permite imprimir todos los textos, formatos, anexos y gráficos contenidos en el sistema, así como copiarlos  a un procesador de textos de acuerdo a su necesidad.
Fuera del Perú podemos mencionar a LEXIS de la compañía Mead Data Central (Estados Unidos), que entró en funciones desde 1973 y se caracteriza por tener el banco de datos jurídicos más grande en el mundo con casi treinta billones de caracteres cargados y con una entrada anual den memoria de alrededor de 35000 sentencias estructuradas en texto integral. Actualmente opera en EE. UU., Inglaterra y Francia, donde se han almacenado las resoluciones del Consejo de Estado.

3.     ¿EN QUÉ CONSISTE LA INFORMÁTICA JURÍDICA METADOCUMENTAL?
La Informática Jurídica Metadocumental o Metadecisional se caracteriza por conformarse por bases de conocimiento jurídico, es decir, abarca una variedad de esfuerzos y proyectos que intentan obtener de las aplicaciones de la informática a los resultados que vayan más allá de la recuperación y reproducción de información, con la pretensión de que la máquina resuelva por sí misma problemas jurídicos, o al menos auxilie a hacerlos, y contribuya al avance de la teoría jurídica. Se trata, en definitiva, de sistemas aptos para tomar dos o más informaciones para las bases de conocimientos y producir a partir de ello, una conclusión lógica que es adoptado por el propio sistema, de ahí que se afirme que estos elementos se basan en lo que se denomina Inteligencia Artificial. Haciendo hincapié al campo decisional, es necesario tomar en consideración la ayuda que estos sistemas pueden prestar no solamente al juez en su función pública jurisdiccional, sino también al propio abogado, quien podrá tener una mejor recopilación y actualización de la información jurídica a través de la respuesta proporcionada por el computador u ordenador, obteniendo algo así como una posible predicción de la decisión judicial.

4.     ¿EN QUÉ CONSISTE LA TEORÍA GENERAL DE LOS SISTEMAS APLICADA AL DERECHO?
La idea de sistema, cuyo estudio es análogo al de la cibernética, implica el hecho de ordenación y estructuración; puede decirse también que toda estructura supone determinadas relaciones entre los elementos, al mismo tiempo que una ordenación relativamente estable de las partes de un todo.
De este modo, podemos entender como sistema el complejo formado por diversos elementos que mantienen entre ellos relaciones de diversas índoles en aras a la conservación del todo sistemático. Se dará entonces una aglutinación de diferenciaciones cuya misión es ir evolucionando hasta el logro de las organizaciones sistemáticas más perfectas, lo que quiere decir que todo sistema posee una orientación teleológica, en esencia es una unidad dinámica de acción.
Por lo tanto, todo este conjunto de mecanismos aplicados al Derecho dan como resultado un uso más eficaz y eficiente tanto para los Tribunales, abogados y la sociedad que requieren que sus conflictos jurídicos sean resueltos de la manera más adecuada, pero tomando en consideración el tiempo transcurrido y lo razonable y justo de las decisiones que se pudieran tomar por cada caso en concreto. Es así que el Sistema avanza o debería avanzar a la par con el Derecho ya que cada rama está en constante cambio, evolucionando tanto sus contenidos jurídicos como sus mecanismos para que puedan compenetrarse y realizar un trabajo de calidad y dejando así de lado la afectación de los derechos de cada persona.

5.      ¿DE QUÉ TRATABA LA JURIMETRÍA?
La Jurimetría es una disciplina que tiene como razón la posibilidad de la sustitución del Juez por la computadora, finalidad que por los momentos no es aceptada, simplemente porque a través de la jurisdicción se emana una sentencia, y para ello, qué mejor candidato que un ser humano que por supuesto tiene el sentido racional, con lo que pueda acudir al sistema de integración y poder a través de las interpretaciones y lógica jurídica dar una sentencia llena de la interrelación de la paz y la justicia, para lograr verdaderas sociedades, verdaderas democracias y libertades. De este modo, la Jurimetría podría sustituir al juez si la sentencia en su naturaleza jurídica fuera un simple silogismo.

6.     ¿POR QUÉ SE DICE QUE LA TEORÍA GENERAL DEL CONTROL ES ESENCIAL PARA LA CIBERNÉTICA?

Dado que la cibernética fue utilizado por los griego como arte de guiar y dirigir ciertos fenómenos, los estudios de Wiener fueron dirigidos en forma matemática al estudio del comportamiento humano visto y representado en una máquina, esto es por un lado, la identidad de los mecanismos de control y regulación tanto en los hombres, los animales y las máquinas, y por otro lado, la conexión entre estos mecanismos y la transmisión de información. Con el auge matemático-estadístico de la cibernética empieza a dilucidar una serie de disciplinas: Teoría de los sistemas, teoría de la comunicación, teoría de la información, entre otras; así por ejemplo, se llegó a determinar que la cibernética es la ciencia del control y de la comunicación con especial referencia a los sistemas adaptables o autocontrolados, debido a que la cibernética es la inquisición interdisciplinaria hacia la naturaleza y base de la inteligencia humana, con el propósito de reproducirla en forma sintética, mientras que para otros es la ciencia que relaciona las entradas y salidas de un sistema.

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